Ante el creciente riesgo de fraudes electrónicos, el Tribunal Supremo ha reaccionado reforzando la protección del usuario bancario estableciendo que las entidades financieras deben reintegrar los fondos sustraídos en operaciones no autorizadas, salvo que logren acreditar de forma clara que el cliente actuó con negligencia grave o incurrió en fraude.
Nuestro compañero José Gálvez Saborido analiza en elEconomista los principales impactos jurídicos y operativos de esta sentencia, que destaca por:
Este nuevo criterio puede suponer un reto considerable para las entidades financieras, que deberán adaptarse a unos estándares de diligencia y seguridad particularmente exigentes.
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